o al menos recibirlo dentro del año de la elección, Clem. 2. de Aetate et Qualit. Cuando la plebe o pueblo no era numeroso era puesto a presidir solamente un presbítero, el cual era llamado párroco y plebano: pero cuando la plebe era numerosa se ponían varios presbíteros. Y el que los presidía era llamado Archipreste. Y alguna vez era llamado deán, C. 7. de Offic. Archid., porque con frecuencia se anteponía a diez presbíteros, o más bien, porque ya deán se dice aquel que es el primero y principal de algún orden, L. 3. tit. 6. p. 1. E aun Decanus en latín tanto quiere decir en nuestro lenguaje, como Cabdillo de diez, Barbosa de Canonic. et Dignitat. cap. 6. n. 8. El arcipreste, pues, hace las veces del obispo en las cosas espirituales, C. 2. C. 3. h. t., L. 8. tit. 6. p. 1., y, por lo tanto, se dice vicario nato del obispo en las cosas espirituales y goza de jurisdicción ordinaria, como tenida a jure por razón del oficio, Barbosa de Canon. & Dignitat. cap. 6. n. 24. Está debajo del arcediano, C. 1. h. t. Porque, aunque sea mayor que el arcediano por razón del orden, C. 24. D. 93., sin embargo, es menor por razón de la jurisdicción; y no repugna que uno sea inferior y superior a otro por diversos respectos, L. 1. C. de Oficc. Vicar. C. fin. D. 39. donde el diácono se prefiere al sacerdote, cuando obtiene el lugar del metropolitano, aun cuando ordinariamente, por razón del grado, no debe preferírsele.
288. El Arcipreste: uno es urbano, otro rural. Urbano o civitatense es el que preside a los presbíteros en la ciudad episcopal y se dice deán de la iglesia catedral, L. 8. tit. 6. p. 1. y tiene, al menos, personado, esto es: preeminencia entre los canónigos y otros clérigos o dignidad ampliamente dicha; y de aquí que puede serle delegada una causa por el papa, C. 11. de Rescript. in. 6. En España, como ya dijimos, tiene la primera dignidad, o más bien, el personado después del obispo, ya que es cabeza del cabildo, Barbosa de canon. & Dignitat. cap. 9. n. 19. y es mayor que el arcediano en dignidad, L. 8. tit. 6. p. 1: E los primeros Archiprestes, que tienen logares de Deanes, son mayores que Arcedianos. El arcipreste por su cargo cuida los oficios sagrados para cantar la misa y asiste al obispo celebrante y manda a los sacerdotes que se revistan con los ornamentos sagrados y de qué forma procedan para la misa, C. 3. h. t. También cuida de que los sacerdotes principales de las iglesias bautismales, que se dicen cardenales in C. 2. h. t. González Ibid. se conduzcan correctamente en la administración de los sacramentos: solamente él de jure impone penitencia a otros sacerdotes. En cuanto a los demás, tiene jurisdicción ordinaria en el fuero interno. En ausencia del obispo, él mismo celebra las misas solemnes y dice la colecta u oración que se dice al final de cada hora canónica, C. 1. h. t. González Ibid. n. 6., o encomienda a otro la misa y la colecta, L. 8. tit. 6. p. 1. Pero no siempre a uno, sino que distribuye sucesivamente por orden entre las dignidades y los canónigos, respetando cualquier grado y costumbre. El mismo también comienza el canto de las horas e imparte las bendiciones para las lecturas. Cuando los penitentes públicos son expulsados de la iglesia el miércoles de ceniza, impone ésta en sus cabezas y, cuando el jueves santo son reconciliados en la entrada de la iglesia, los presenta al obispo. Más aun, también los absuelve o reconcilia solemnemente: no empero, sin consultar al obispo. Bendice las fuentes, unge a los enfermos, manda reservar para que no falte en el sagrario la eucaristía para los enfermos y cuida de que nadie muera sin el sacramento de la confesión y de la eucaristía, C. 2. C. 3. h. t., L. 8. tit. 6. p. 1. y, como advierte Barbosa de Canon. & Dignitat. cap. 6. n. 18, el arcipreste es como el sacerdote parroquial de todos, después del obispo. Pero actualmente, ex Trid. sess. 24. de Ref. cap. 8., en las catedrales debe instituirse un penitenciario para oír confesiones. En las iglesias colegiatas, el que obtiene la primera dignidad, ya se llame deán o prepósito o abad o prior, ejerce jurisdicción externa subordinada al obispo sobre los clérigos de su iglesia, a no ser que se tenga otra cosa por privilegios o por costumbre, Machado en Sum. L. 4. p. 5. tr. 3. El arcipreste rural que también es llamado Deán rural, no obtiene ni dignidad, ni personado, porque no goza de preeminencia ni de jurisdicción externa. Ordinariamente, por cierto, es elegido por el obispo, C. fin. h. t., L. 8. tit. 6. p. 1, Barbosa de Canon. & dignitat. cap. 6. n. 28. Su oficio es, no sólo cuidar del pueblo rústico, sino también de los presbíteros, que habitan en menores títulos (que así se llaman las iglesias parroquiales) González in C. fin. h. t. n. 4., y decidir, empero, sin figura de juicio, las controversias menores, o entre los feligreses, o entre los párrocos y otros clérigos a él sujetos; pero ha de llevar al obispo las causas mayores, que no pueden resolverse sin especial conocimiento; yno pretender ordenar algo contra su decisión, C. fin. h. t., L. 8. tit. 6. p. 1, Barbosa