 |
|
7. Los clérigos no pueden ejercer oficios o comercios seculares, máxime los que sean tenidos por sucios como matancero o carnicero o tabernero,
Cl. 1. h. t. Igualmente se les prohibe actuar como mimos, comediantes o juglares, c. 15. h. t. Y los que se hacen cómicos, truhanes o bufones,
si durante un año ejercen tan ignominiosa arte, ipso iure carecen de todo privilegio clerical. Lo mismo si lo hacen por más corto tiempo y después de ser amonestados por tres veces, no se apartan de dicha arte, c. 1. h. t. in 6. A los mismos
se les prohibe también el juego de azar y de dados. Can. 51. Apost. c. 15. h. t. l. 57 tit. 5. p. 1. ahí: Otrosí non deben jugar dados, ni tablas, ni pelota
ni tejuelo, ni otros juegos semejantes de estos. Y ahí mismo Gregorio López. Y por lo tanto se les prohibe todo juego que tenga más de azar que de arte. Sin embargo se les permite todo juego que consiste más en el ingenio y dominio del cuerpo que en la suerte y fortuna. Y pecarán gravemente, si con frecuencia y con escándalo del pueblo se entregan a algún juego prohibido. Sin embargo, si moderadamente, por recreación y sin escándalo
del pueblo juegan, pueden hacerlo lícitamente como acontece en los juegos que se llaman: ajedrez,
damas y trucos. Barbosa in c. 15. h. t. ex n. 7. Lo que abarca también los naipes. Hay algunos religiosos que toman como recreación ese juego de naipes. Pero téngase en cuenta que cualquier juego que se toma como recreación debe ser moderado
y honesto. Así lo dice D. Thom. 2. 2. q. 168. art. 2. in corp. Tales dichos o hechos, en los que no se busca sino la delectación del ánimo, se llaman juegos o pasatiempos: por lo tanto es necesario a veces
hacer uso de ellos, como para cierto descanso del alma; que es lo que dice el Filósofo en Ethic. 1. 4. c. 8, que en el ejercicio de la vida se toman intervalos de reposo con la diversión. Por consiguiente conviene
usar de ellos a veces; mas acerca de estos parece deben atenderse tres cosas: la primera y principal es que la predicha delectación no se busque en algunas acciones o palabras deshonestas o nocivas; por lo cual dice Tulio, en De offic. 1, que hay un género de diversión que es servil, petulante, inhonesto y obsceno. Segundo: tener un especial cuidado de no perder totalmente la gravedad del ánimo, y sobre esto dice San Ambrosio, De offic. 1, guardémonos de que, cuando queremos dar descanso al espíritu, no turbemos toda la armonía y concierto de las buenas obras. Y Tulio dice, De offic. 1, que así como no damos a los niños completa licencia de jugar, sino lo que no se aparte de las acciones honestas, así en el juego mismo brille alguna luz del ingenio probo. Y tercero: debe procurarse, como en todos los actos humanos, que corresponda a la persona, al tiempo y al lugar, y se ordene debidamente con arreglo a otras circunstancias, esto es, que sea digno del tiempo y del hombre, según dice Tulio. Tales cosas se ordenan por la regla de la razón; y, puesto que el hábito que obra conforme a ella es virtud moral, por eso puede haber alguna virtud en los juegos, a la que el Filósofo llama
eutrapelia, y se dice que alguno tiene esta virtud por su buen trato social, esto es, porque algunos dichos o hechos los sabe convertir en recreación; y esta virtud está comprendida bajo la modestia, en cuanto por ella se refrena el hombre del desenfreno de los juegos. Y en el Art. 4 in corp. dice tomándolo de Séneca: condúcete tan prudentemente, que nadie te considere brusco, ni te desprecie como vil. Quienes desbarran en el juego, ni dicen nada gracioso ni hacen más que fastidiar a los circunstantes, que se privan de otras buenas diversiones; y por lo tanto se hacen viciosos, y se hacen duros y groseros. Debe, pues, el juego tomarse moderadamente como la sal para el condimento, y sólo para recuperar las fuerzas según aquello de lo que carece de algún descanso, no dura; porque el descanso repara las fuerzas y alienta los miembros gustosos.
8. Antiguamente los clérigos vivían en comunidad
bajo un mismo techo, dormían en una misma alcoba y comían en un mismo refectorio, y puesto que vivían según los sagrados cánones y bajo una misma regla, se llamaban canónigos o regulares. c. 6. D. 32. c. 3. 12. q. 1. c. 9. h. t. Esta forma de habitación, quedó suprimida por la costumbre contraria, con anuencia y tolerancia del Pontífice. Sin embargo, para que los clérigos ejerzan más libremente los oficios sagrados y puedan atender mejor al culto divino, no está permitido a los laicos, durante la celebración de los sagrados misterios, permanecer alrededor del altar o en el coro, o sentarse entre los clérigos.
Sino que el recinto que se divide del altar con canceles, está reservado sólo a los clérigos cantores. Para la oración y la comunión, como es costumbre, está abierta la capilla mayor o santuario
a laicos y mujeres. c. l. h. t. En los templos está prohibida la música ligera y lasciva, Extr. un. h. t. inter. com. Porque se ordena que en las iglesias de Dios se deben cantar salmodias para avivar la devoción de los fieles. Y después reprendiendo los que cantan de modo indecente, dice: Porque corren y no descansan, embriagan los oídos y no se corrigen, fingen con gestos lo que representan, con lo cual se desprecia la devoción que debía cultivarse, y se propaga la lascivia que debía evitarse. Trid. sess. 22. Decret. de Observ. in celebr. missae. Et ibid. Barbosa n. 23. D. Thom. 2. 2. q. 91. art. 2. ad 4 : No debe en la iglesia haber instrumentos músicos como órgano y cítara,
|