TÍTULO XLVII
DE LA PURIFICACIÓN DESPUÉS DEL PARTO

430. La mujer que, habiendo recibido el semen, paría un varón, durante siete días después del parto, era separada de la familiaridad del varón y de los domésticos, y la que paría una mujer, durante los catorce días. Y no podía entrar al templo durante 33 días si había parido varón, y durante 66 días, si mujer. Los siete, o catorce días de separación, los treinta y tres o sesenta y seis se decían de purificación, Levit. 12. Una vez cumplidos los cuales, la parida ofrecía un cordero de un año y un polluelo de paloma, o tórtola por el pecado, o liberación de la inmundicia legal. Y al infante lo ofrecía a Dios y lo redimía, Lev. 12. Ciertamente, la B. Virgen no estaba obligada a esta ley, sin embargo, espontáneamente se sujetó a la ley por devoción y humildad. Y aunque esta ley, en el Antiguo Testamento, obligase, ahora no obliga, porque con la muerte de Cristo cesó la ley antigua, c. 3. de Constitut. Pero como esta ley sea sólo religiosa y no típica, ni su observancia obsta a la verdad de nuestra fe,, hoy pueden las mujeres por devoción abtenerse de entrar al templo hasta que se purifiquen, c. un. h. t. La bendición de la mujer después del parto corresponde privativamente al párroco no a los regulares, a no ser donde la costumbre contraria legítimamente ha prescrito, porque esta bendición se hace con estola, sobrepelliz, agua bendita y con la oblación de una candela, que son signos de jurisdicción, y, por tanto, dentro de los límites de la parroquia tiene el párroco intención fundada como en las demás ofrendas. Lo mismo se ha de decir de la bendición de los huevos y mucho más de las bendiciones de las casas, cuando se hacen fuera de la iglesia en una parroquia. Nicol. Floscul. V. Parochus, n. 17. Pignateli t. 5. consult. 76 ex n. 2.

TÍTULO XLVIII
DE LA EDIFICACIÓN Y REPARACIÓN DE LAS IGLESIAS

431. Aunque Dios que es inmenso dondequiera oye nuestras preces, y, por lo tanto, donde quiera se puede orar como Jonás en el vientre del cetáceo, Daniel en el lago de los leones, los tres jóvenes en el horno, el ladrón en la cruz y otros en otras partes oraron, sin embargo no debe ser reprobado el uso de las iglesias, como hacen muchos herejes. Más aún, se ha de alabar como máximamente útil, porque allí se honra a Dios con máxima veneración, pues como se tiene in c. 2. de Consecr. D. 1, leemos que Dios mandó a Moisés que hiciese un tabernáculo y lo consagrase con su mesa y altar y sus vasos de bronce y los utensilios para realizar el culto divino. Y en la ley de gracia el Apóstol, 1 Cor. 11. , recomienda la reverencia a las iglesias. Y San Clemente, sucesor de San Pedro mandó que se construyesen iglesias. c. 13. de Consecr. D. 1, ya que fuera de ellas no es lícito celebrar misa, ni los divinos oficios c. 1. c. 14. c. 15. de Consecr. D. 1. González in c. 1. de Consecrat. Eccles. ex n. 4. Las iglesias, si cómodamente se puede, deben hacerse de tal modo que el altar se coloque al oriente y la puerta al occidente, porque el uso antiguo de los cristianos era orar hacia el oriente: o porque Cristo fue crucificado con la cara vuelta hacia occidente, o porque deseamos regresar al paraíso situado al oriente, o porque de este modo significamos que deseamos que la luz celeste sea influida en nuestras mentes, como la luz corporal amanece ante nuestros ojos, Sto. Tomás 2. 2. q. 84. art. 3. En cuanto a la forma de la iglesia debe atenderse a que se haga a modo de isla, de tal modo que esté separada de las otras casas y en su construcción interior debe representar una nave de forma oblonga. Porque la iglesia universal alegóricamente se llama nave, ya que entre las tormentas del mundo conserva ilesos a los que acoge, y en ella navegamos seguros al puerto de la gloria eterna. Lo cual ya por la tradición apostólica era observado desde antiguo: lo prueba, González in c. 1. de Consecr. Eccles. La figura de las iglesias regularmente representa el cuerpo de un hombre yacente, con los brazos doblados sobre el pecho, cuya cabeza es el lugar del altar mayor y en los pies están las puertas y sobre el pecho la cúpula o boveda del templo. Ahora se construye como lo permite la situación y constitución de los lugares. Sin embargo, deben edificarse en un lugar limpio, decente y honesto, pero no en los baluartes, ni cerca de las murallas, de modo que desde la iglesia pueda ser atacada la ciudad por los enemigos, L. 8. tit. 10. p. 1.
432. Una iglesia catedral no puede ser erigida por nadie, sino por el Romano Pontífice, c. 1. Ne Sedevacant. et ibid comm. DD. cum Solórzano, Polit. Indian. lib. 4. cap. 4. Los oratorios privados, si allí no se van a celebrar los oficios divinos, pueden ser construídos por cualquier particular en su propia casa, sin requerirse licencia del obispo,