“más dignos” no quiso significar otra cosa que la dignidad de los elegidos, tomando el comparativo en lugar del positivo: o segundo, con una locución menos propia pone “más dignos” para excluir a los indignos, pero no a los dignos: o finalmente, tercero, habla de cuando se realiza concurso.
48. Parece tan claro que la fornicación por sí misma no envuelve ninguna malicia y que sólo es mala porque está prohibida, que lo contrario parece totalmente opuesto a la razón.
49. La masturbación no está prohibida por el derecho de la naturaleza: de donde si Dios no la hubiera prohibido, sería buena muchas veces y, alguna vez, obligatoria bajo pecado mortal.
50. La cópula con una casada, consintiendo el marido, no es adulterio: y por lo mismo basta decir en la confesión que se ha fornicado.
51. El criado que, a sus hombros, ayuda a sabiendas a su amo a subir por las ventanas para violar a una virgen y, cuantas veces le sirve llevando la escalera, abriendo la puerta, o cooperando con algo semejante, no peca mortalmente, si hace ésto por miedo de un daño notable: v.gr. para no ser maltratado por su señor, para que no lo mire con malos ojos, ni lo corra de la casa.
52. El precepto de guardar las fiestas no obliga bajo mortal, quitado el escándalo, si no se hace por desprecio.
53. Satisface el precepto de la iglesia de oír misa el que oye simultáneamente dos, más aún cuatro de sus partes, por diversos celebrantes.
54. El que no puede rezar maitines y laudes, pero sí las horas restantes, a nada está obligado: porque la parte mayor atrae hacia sí a la menor.
55. El precepto de la comunión anual se satisface por la sacrílega manducación del Señor.
56. La frecuente confesión y comunión, aún en aquéllos que viven paganamente, es señal de predestinación.
57. Es probable que basta la atrición natural, con tal que sea síncera.
58. Al confesor que interroga no estamos obligados a declarar la costumbre de un pecado.
59. Es lícito absolver sacramentalmente a los que se confiesan, de la mitad de sus pecados, en razón del gran concurso de penitentes, como, puede acontecer en el día de una gran festividad, o de indulgencia.
60. No debe ser negada ni diferida la absolución al penitente que tiene la costumbre de pecar contra la ley de Dios, de la naturaleza o de la iglesia, aunque no muestre ninguna señal de enmienda, con tal que profiera de palabra que se arrepiente y propone la enmienda.
61. Puede ser absuelto, alguna vez, el que se encuentra en ocasión próxima de pecado, la cual puede y no quiere omitir: antes bien, directamente la busca de propósito, o se pone en ella.
62. No se debe huir de la ocasión próxima de pecar, cuando ocurre alguna causa útil u honesta para no huir.
63.Es lícito buscar directamente la ocasión próxima de pecar, por un bien espiritual, o temporal nuestro, o del prójimo.
64. El hombre es capaz de absolución, aunque padezca ignorancia de los misterios de la fe y, aunque por negligencia, aún culpable, no sepa el misterio de la Santísima Trinidad y de la encarnación de Nuestro Señor Jesucristo.
65. Basta que haya creído una vez esos misterios.

127. ALEJANDRO VIII EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1690 CONDENÓ LAS PROPOSICIONES SIGUIENTES

1. En el estado de naturaleza caída, para el pecado formal y para el demérito basta aquella libertad, por la que lo voluntario y lo libre actuó como causa, en el pecado original y en la voluntad de Adán pecador.
2. Aunque se dé ignorancia invencible del derecho natural, ésta ignorancia en el estado de naturaleza caída, no excusa al operante de pecado formal.
3. No es lícito seguir la opinión, probabilísima entre las probables.
4. Se entregó a Sí mismo por nosotros como oblación a Dios, no por solos los elegidos, sino por todos y solos los fieles.
5. Los paganos, los judíos, los herejes y otros de este género ningún influjo, en absoluto, reciben de Jesucristo: de tal manera, de aquí inferirás rectamente que ellos tienen la voluntad desnuda e inerme, sin ninguna gracia suficiente.
6. La gracia suficiente a nuestro estado, no tanto es útil cuanto perniciosa y, así, con razón podemos pedir: de la gracia suficiente líbranos, Señor.
7. Toda acción humana deliberada es amor de Dios o del mundo: si de Dios, es caridad del Padre: si del mundo, es concupiscencia de la carne y es mala.