a favor de la Compañía de Jesús, nuestro General Claudio Acquaviva, el día 24 de abril de 1612, decretó así: En virtud de la santa obediencia y bajo pena de excomunión, etc., se manda que ninguno en la Compañía, por ninguna razón, enseñe pública o privadamente, no sólo como verdadera y probable, pero, ni siquiera como tolerable, o que dé a entender que le agrada, o que conforme a ella aconseje a alguno, la opinión de aquéllos que admiten que alguna exigua delectación, buscada deliberadamente, a causa de la parvedad de materia es excusada de pecado mortal. Lacroix. L. 3. p. 1. en el num. 910., pero todavía defiende ampliamente Torrecilla. t. 2. tr. 3. praecept. 6. sect. 1. conclus. 1. f. 514., que se da tal parvedad de materia. Y aunque en los tactos impuros, en los besos ilícitos y en el deseo de la cópula ilícita, debe ser explicada la circunstancia de la persona tocada, o deseada, porque cambia la especie y se contrae pecado de adulterio, sacrilegio, etc. pero en la delectación morosa que consiste precisamente y se consuma en el pensamiento interno, sin que tienda a la circunstancia de la persona, no es necesario explicar la circunstancia y será suficiente decir: me deleité con la cópula ilícita, pensándola, pero no deseándola. Pero, otros dicen que la circunstancia de la persona, de la que alguno se deleita, cambia la especie y, por lo tanto, debe ser explicada en la confesión. El que está ligado con voto de castidad debe manifestarlo, si se deleitó morosamente, y debe añadirse si la delectación morosa es acerca de cópula sodomítica, porque tal cópula está fuera del género de la cópula natural.
198. Para que conozcamos cuándo se da pecado grave en estas detenciones internas, me doy el gusto de transcribir el magnífico Texto in cap. 2, D. 6.: Pero se debe reflexionar si el mismo pensamiento consiste en la sugestión, o en la delectación, o, lo que es mayor pecado, en el consentimiento. Todo pecado se genera de tres modos, a saber: por sugestión, por delectación y por consentimiento. La sugestión es hecha por el diablo, la delectación por la carne, el consentimiento por el alma, porque, al principio, la serpiente sugirió la culpa, Eva como la carne se deleitó y Adán como el espiritu consintió. Y es necesaria una gran discreción para que, entre la sugestión, la delectación y el consentimiento, presida el alma como juez de sí mismo. Porque, como el espíritu maligno sugiere el pecado en la mente, si no se sigue ninguna delectación del pecado, no ha sido cometido el pecado en absoluto, pero cuando la carne empieza a deleitarse, entonces el pecado empieza a nacer. Pero, si llega a consentir deliberadamente, se sabe que el pecado se ha consumado. En la sugestión se encuentra la semilla del pecado, en la delectación se hace el desarrollo, en el consentimiento la consumación. Y acontece, frecuentemente, que lo que el espíritu maligno siembra en el pensamiento, la carne lo toma para su delectación, pero el alma no la consiente. Y como la carne sin el alma no puede deleitarse, del mismo ánimo, contrario a los deseos de la carne, de algún modo es ligado renuente a la delectación carnal, en la que, por opuesta razón, no consiente y, sin embargo, está ligado por la delectación, pero gime vehementemente por estas ataduras. Y, en verdad, aquél insigne soldado del ejército celeste gemía diciendo: Veo en mis miembros otra ley que es contraria a la ley de mi mente y que me arrastra cautivo a la ley del pecado que está en mis miembros. Pero, si estaba cautivo, muy poco peleaba; por lo cual, a la vez era cautivo y peleaba. Por lo tanto aquella ley que hay en su cuerpo peleaba contra la ley del espíritu, que lo libraba de su cautiverio. He aquí que el hombre es, por decirlo así, cautivo y libre: libre por la justicia a la que ama, cautivo por la delectación que soporta contra su voluntad. Viene al caso aquel poema que suelen decir los españoles: El sentir no es consentir ni el pensar mal es querer consentimiento ha de haber junto con el advertir, No peco yo en admitir pensamiento que no advierto y si advertido, y despierto estoy y no asiento al mal de que no hay culpa mortal puedo estar seguro y cierto. De aquí es que, no será pecado mortal, aunque el objeto acerca del cual se tiene delectación, sea gravemente ilícito, si no hay consentimiento perfecto, advertencia previa, o conocimiento de la malicia y plena deliberación; pero será pecado venial por la imperfección del acto, porque falta plena advertencia, o deliberación, o porque, quizá, se da negligencia en resistir. Si después de la advertencia, alguno se mantiene negativamente, y positivamente, no resiste ni consiente, si el movimiento y la delectación sean vehementes y extremos, pecará mortalmente, a lo menos aquél que está habituado a las cosas venéreas, por el peligro de consentimiento. Pero, aquél que es de conciencia temerosa de Dios, sólo pecará venialmente. Como cuando estudia la ciencia médica, o anatómica, aquél al que le disgusta la delectación, aunque no la reprima positivamente, la deseche. Lessio. L. 4. de Just. cap. 3. n. 113. Más aún, no será ningún pecado mantenerse pasivamente, cuando alguno teme como probable que la tentación aumente al oponerle una positiva resistencia, como sucede frecuentemente, si ya intentó resistir y nada aprovechó, conforme a aquéllo: No sea que con la prohibición enciendas o irrites los vicios,